Muchos trabajadores se han visto afectados por un ERTE en su empresa debido a la situación de crisis sanitaria y a las medidas adoptadas por el Gobierno para tratar de frenar los casos de contagio por coronavirus en el país.
Así, surgen entre los trabajadores muchas dudas, sobre todo, aquellas referidas a las prestaciones por desempleo y al cambio de las normas relacionadas con los ERTE a raíz de esta crisis sanitaria.
Una de las medidas que ha tomado el Gobierno de cara a ayudar económica y socialmente a los trabajadores afectados por un ERTE, es que todos ellos van a poder cobrar la ayuda por desempleo, independientemente del tiempo que hayan cotizado anteriormente.
Los trabajadores que tienen derecho a esta ayuda económica en una situación normal de desempleo tienen que inscribirse como demandantes pidiendo cita previa y de forma presencial en la oficina que corresponda en la ciudad y comunidad autónoma del demandante.
Sin embargo, con esta situación excepcional, el SEPE lanzaba este mensaje a través de las plataformas: "Te recordamos que si tu relación laboral se ha visto suspendida por un ERTE, no tienes que solicitar cita previa con el SEPE . La gestión de tu prestación se tramitará entre tu empresa y el SEPE".
De este modo, el SEPE ha elaborado una solicitud de prestación por desempleo que presentará directamente la empresa de forma colectiva en nombre de todos los trabajadores que se hayan visto afectados por el ERTE. Esta solicitud y toda la información relativa a los pasos que tiene que dar la empresa, se puede consultar en el portal del SEPE.
Para los demandantes de empleo de la Comunidad de Madrid se ha habilitado un sistema para rellenar un formulario que se puede encontrar en la página web de la Comunidad de Madrid con el objetivo de agilizar la gestión de los datos para inscribirse como demandante de empleo y cobrar la prestación. Basta con rellenar online esta solicitudcon los datos del demandante y enviarlo.