En Triángulo conocimos todos los detalles sobre la ley que permite cambiar el orden de los apellidos junto a la abogada, Paola Merchak.
A partir de este martes 11 de enero comenzó a regir la ley que le permite al padre y la madre definir el orden de los apellidos de sus hijas e hijos menores de edad, orden que quedará determinado para el resto que tengan en común.
La iniciativa también contempla que todas las personas mayores de edad podrán solicitar por vía administrativa al registro Civil, y por una sola vez, el cambio del orden de sus apellidos contenidos en su inscripción de nacimiento.
Sobre esto, la abogada Merchak aclaró que "se requiere sí o sí el común acuerdo de ambos padres. Ambos padres deben estar de acuerdo en anteponer el apellido materno al paterno".
Junto con esto, explicó que "El tema de decidir qué apellido ponerle al primer hijo es muy importante, porque eso va a determinar también el apellido que van a tener todos los otros hermanos. Uno no puede ponerle a un hijo el apellido materno y al otro el paterno".
Te puede interesarÓmicron avanza: Se estima que los casos seguirán aumentando ¿Cuál es la diferencia entre una PCR y una prueba de antígenos?Simulador de Ponderaciones: revisa si te alcanza el puntaje para estudiar lo que quieresEn cuanto a las personas mayores de edad que quieran cambiar el orden de sus apellidos, la abogada indicó que "tienen que elevar una solicitud directamente al Registro Civil y puede ser de manera presencial o a través de la web".
“Si aquella persona tiene hijos menores de 14 años, la abogada indicó que "a esos hijos se les va a cambiar el apellido por la sola voluntad del padre”, agregando que “distinto es si esta persona tiene hijos mayores de 14 años, pero menores de 18, en ese caso se requiere el consentimiento expreso de esos niños también para que se pueda efectuar el cambio".