La Organización Mundial de la Salud recomienda alimentar a los bebés en exclusiva con lactancia materna durante los seis primeros meses de vida y mantener la lactancia materna junto con otros alimentos hasta los dos años.
Como la baja maternal (ahora llamada permiso por nacimiento de hijo) es solo de 16 semanas, la ley contemplaba un permiso de lactancia para la madre hasta que el bebé cumplía 9 meses que hasta abril de 2019 que solo podía disfrutar uno de los progenitores. En principio el permiso de lactancia correspondía a la madre que trabajaba y esta se lo podía ceder al padre.
El Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación transformó el permiso de lactancia en un permiso para el cuidado del lactante,que pueden disfrutar a la vez (o por separado) ambos progenitores(aunque si se da el caso de que los dos progenitores trabajan en la misma empresa, la dirección podría limitar el disfrute simultáneo por razones justificadas de funcionamiento de la empresa, que tendrá que comunicar por escrito), e introdujo otros cambios en la forma de disfrutar el permiso.
1 Cómo se puede disfrutar el permiso de lactancia
Ambos progenitores tienen derecho a una hora de ausencia del trabajo para el cuidado del lactante hasta que este cumpla nueve meses.Esta hora de ausencia se puede dividir en dos fracciones de media hora dentro de la jornada laboral.
1. 2. Una reducción de media hora de la jornadaLa hora de permiso se puede cambiar por una reducción de jornada de media hora a la entrada o la salida. Es decir se puede tomar una hora o dos medias horas en medio de la jornada,o entrar o salir media hora más tarde.
La mayoría de los padres suelen optar por esta opción, porque la hora de permiso en medio de la jornada solo resulta operativa cuando se vive cerca del trabajo o alguien puede acercar al bebé para que mame durante ese tiempo.
En mayo de 2018, la sala 4de lo Social del Tribunal Superior de Justicia confirmó el derecho a acumular la lactancia en jornadas completas en función de la hora de descanso y no de la opción de media hora de reducción de jornada.
Los trabajadores con reducción de jornada por cuidado de hijos también pueden disfrutar delpermiso de lactancia en las mismas condiciones que los demás trabajadores. Es decir, reducir su jornada en media hora o tomar una hora de descanso en medio hasta elbebé cumpla 9 meses (o 12 si deciden ampliarlo con reducción de sueldo).
Como ya ocurría con el permiso de lactancia, la duración del permiso se incrementa proporcionalmente por adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento nacimiento múltiple. Es decir si nacen dos niños los padres pueden ausentarse dos horas.
El derecho al permiso de lactancia está recogido en el artículo 37.4 del Estatuto de los Trabajadores
Como ocurre con la reducción de jornada, el trabajador tiene derecho a decidir el horario en el que toma el permiso de lactancia.
Cuando el puesto de trabajo supone algún riesgo para la madre lactante o para el bebé que toma leche materna, por ejemplo por la exposición a agentes químicos durante la jornada laboral, el empresario debe recolocar a la trabajadora en otro puesto en el que no haya riesgos de ningún tipo hasta que finalice el permiso de lactancia.
Si no es posible, el contrato se suspende hasta que el bebé cumpla 9 meses y la madre cobra una prestación por riesgo durante la lactancia, equivalente al 100% de la base reguladora (igual que en la baja maternal).
Este derecho está recogido en el Estatuto de los Trabajadores y la Ley de igualdad. Además, recientemente el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictaminado que la lactancia debe tener la misma protección que el embarazo en el trabajo, es decir que la administración y las empresas deben proteger por igual a las trabajadoras embarazadas y a las que estén dando el pecho a sus hijos.
Además, una abogada de la UE también ha dicho que trabajar de noche puede suponer un riesgo para la lactancia.
El despido durante el permiso de lactancia o la baja por riesgo durante la lactancia natural se considera nulo. En este caso la trabajadora puede elegir entre la indemnización económica de 45 días por año trabajado o volver a su puesto de trabajo.
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